Sólo podrán instalar mesas, sillas, u otro tipo de asientos destinados al público concurrente, en sus veredas los rubros autorizados: bares, restaurantes, heladerías, cafés, confiterías y comercios similares.
Para esto deberán realizar en la Dirección de Habilitaciones Comerciales e Industriales, el trámite de AUTORIZACIÓN PARA OCUPACIÓN O USO DE ESPACIOS PÚBLICOS.