Las habilitaciones emitidas por la Dirección General de Comercio poseen de 3 a 5 años de vigencia, dependiendo de la actividad desarrollada. El proceso de renovación debe ser iniciado antes de que opere el vencimiento del Certificado de Habilitación que se pretenda renovar.
¿Qué documentación se requiere?
- Nº de CUIT.
- Nº de legajo comercial.
- Nº de trámite (Nº de expediente o de Nº de Trámite Online).
- Libre deuda de las Tasas Tributarias (Seguridad e Higiene, Publicidad y Propaganda)
- Copia de Informe Antisiniestral Actualizado, Final de Obra de Bomberos o Mantenimiento de Cerprosa.
- En caso de requerir Autorizaciones o Requisitos Especiales por la actividad desarrollada, deberán poseer su actualización en el local.
- Consignar un Teléfono y Mail de contacto.
- Copia de Certificado a renovar.
- Constancia de Inscripción de Ingresos Brutos y Certificado de Domicilio de Ingresos Brutos (ARBA) (Renovación Certificado B “Verde”).
¿Cómo inicio mi trámite?
La renovación debe ser solicitada por el contribuyente en forma previa a la fecha de vencimiento de la habilitación que pretende renovar.
Sin embargo, la Dirección General de Comercio podrá iniciarla de oficio.
¿Dónde inicio mi trámite?
Presencial AQUÍ u online AQUÍ
¿Quién puede iniciarlo?
Todas las tramitaciones deberán ser realizadas por el Titular del emprendimiento o persona autorizada a través de un poder o nota certificada por el Titular.
¿Tiene algún costo?
Sin costo alguno.