Es un permiso especial que tenés que solicitar con un mínimo de 20 días de anticipación para realizar cualquier evento, fiesta, recital o espectáculo, en lugares que no están habilitados de forma permanente para esos fines, ya sea en espacios abiertos o cerrados, públicos o privados (Ordenanza N° 10.799 - Art. 18).
¿Qué tipo de eventos entran en esta categoría?
- 1. Musicales.
- 2. Deportivos.
- 3. Bailables.
- 4. Ferias privadas.
- 5. Stands promocionales.
Requisitos para eventos en espacios públicos o privados:
- Descripción de la actividad (Memoria Descriptiva)
- Cronograma de actividades, fecha y horario (contemplando plazos para armado y desarmado).
- Lugar en el que se llevará a cabo, delimitando mediante un croquis o plano, el espacio preciso a utilizar.
- Cantidad de asistentes previstos y valor de las entradas, en caso de corresponder.
- Manifestaciones artísticas - ¿De qué tipo?.
- Uso de estructuras: escenario y luces, pantallas, entre otras.
- Uso de pirotecnia.
- Venta de comida - bebidas con y sin alcohol / comercialización de otros productos.
- En caso de desarrollarse en un espacio público: indicar si requiere corte de calles, seguridad, asistencia médica, bajada eléctrica u otro servicio público.
- Documentación personal y legal
- DNI del titular.
- Estatuto o Contrato Constitutivo (si tiene Personería Jurídica).
- Poder certificado si lo hace otra persona y DNI del apoderado.
- Uso del inmueble
- Acreditar derecho al uso del inmueble: Contrato de alquiler o comodato con firmas certificadas, o escritura/título de propiedad.
Si el evento es en el espacio público se dará intervención a la Dirección de Usos del Espacio Público, quien evaluará la emisión de la autorización correspondiente.
- Constancias obligatorias
- Planos y condiciones técnicas
- Comprobante de cobertura de emergencias médicas y ambulancias (factura o recibo).
- Seguro de Responsabilidad Civil que cubra al público, a terceros y al espacio (vigente durante el evento), vinculando a la Municipalidad de La Plata como beneficiario (CUIT 30-62494418-2).
- Informe Antisiniestral: Asesoramiento Eventual emitido por la Dirección de Bomberos del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Bs. As., el cual debe contener un croquis intervenido señalando ubicación de extintores y salidas de emergencias, así como también Plan de Evacuación y Acción ante Emergencias. Este es un requisito obligatorio para todos los eventos, sean en espacio público o privado, cerrado o al aire libre.
- Baños químicos, si no hay sanitarios.
- Seguridad pública contratada (evento con factor ocupacional de hasta 1000 personas).
- Estudio sonoro firmado por profesional matriculado (el sonido no debe superar los 90 db(A))
- Croquis con ubicación del escenario, detallando los equipos de sonidos, luces y pantallas a utilizar, baños, etc., acompañado por un informe técnico de cálculo de estructuras, firmado por profesional idóneo junto con la copia de su matrícula.
- Contratación de Personal de Control de Admisión y Permanencia (según la capacidad del lugar).
- Pago de la Tasa por Espectáculos Públicos (calculada sobre la base de la Declaración Jurada de entradas) o Tasa por Uso del Espacio Público (calculada en función del espacio público ocupado), según corresponda.
Licencias ReBA y RAN Eventual
Si vas a hacer un evento (musical, gastronómico, etc.) donde se vendan bebidas alcohólicas, tenés que pedir la licencia ReBA Eventual (Licencia D-C2).
En caso de que tu evento sea bailable, tenés que solicitar el RAN Eventual (Licencia D-C3 + RAN).
Requisitos:
- Contar con la habilitación del evento con al menos 72 horas antes de su inicio.
- Abonar la tasa correspondiente.
El trámite se realiza de manera presencial, y debes solicitarlo al momento de gestionar la autorización del evento.
Consultá la declaración jurada correspondiente al presentar los papeles. Descargá la DDJJ RAN AQUÍ
INSTRUCTIVO PARA AUTORIZACIÓN DE EVENTOS