Este trámite se hace para dar de baja la habilitación y cerrar el legajo impositivo, dejando constancia que ya no se realiza más esa actividad en el local.

Requisitos:

  • Copia del DNI del titular.
  • Certificado original de Habilitación o denuncia de extravío.
    Se requiere una denuncia de extravío previa para la realización del trámite.
    - No se realiza en la página del Centro Administrativo Municipal
    - No se realiza en el registro de las personas
    - Se realiza vía página web de registro de las personas: Paso a paso
  • Constancia de baja del punto de venta en ARCA (ex AFIP) o ARBA, donde conste la dirección del local, con fecha de cese definitivo (no es válido el formulario 420-D).
  • Constancia de ARCA, sin registrar impuestos activos.
    De registrar actividad se deberá actualizar el domicilio. En cuanto al código de actividad adecuar según corresponda, es decir no podrá tener el código asociado a la habilitación (podrá optar por: venta por internet, prestación de servicios, componente social o habilitación en otro Municipio).
  • Rescisión de contrato de alquiler del establecimiento.
  • Baja de servicio a nombre del titular de la habilitación con domicilio del establecimiento y fecha de baja (Camuzzi, EDELAP, Servicio de Internet).

Aclaraciones

➢ Si la baja es por fallecimiento del titular, deben presentar la declaratoria de herederos o la sucesión junto con certificado de defuncion. En caso de no haber finalizado dichos trámites, acompañar certificado de defunción junto con alguna documentación que acredite el vínculo (libreta de casamiento o acta de nacimiento + DNI).

➢ Si la baja es de una Personería Jurídica deberá acreditar Estatuto o Contrato Social, última designación de autoridades o acta de asamblea, y copia de DNI de los integrantes.

➢ En caso de ser realizado por un tercero: Copia DNI del apoderado y copia del poder. O bien firmar, en conjunto, la DDJJ acreditando el apoderamiento y certificando las firmas en el área de atención.

  • Al finalizar el trámite se le solicitará: Libre deuda de tasas municipales con firma y sello del municipio. AQUÍ.

Nota: La Dirección de Habilitaciones también puede iniciar la baja de oficio si lo considera necesario.



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