Este trámite se lleva a cabo para solicitar la baja de la habilitación y del legajo impositivo, donde queda asentado el cese de actividad en un local comercial.
¿Qué documentación se requiere?
- DNI titular/apoderado con copia del poder.
- Copia de Certificado de Habilitación o denuncia de extravío, que se realiza en el Registro Provincial de las personas, calle 13 esq. 35.
- Libre deuda de las Tasas Tributarias (Seguridad e Higiene, Publicidad y Propaganda, en el caso que corresponda), a contra entrega del Certificado de Habilitación.
- Constancia de baja de AFIP y/o ARBA.
*Si la baja que se solicita es de una persona fallecida, además se deberá presentar la declaratoria de herederos o la sucesión, y deberán firmar la Declaración Jurada todos los herederos de forma presencial presentando además, fotocopia del DNI de todos los firmantes.
¿Dónde inicio mi trámite?
Presencial: AQUÍ
Online: AQUÍ
¿Quién puede iniciarlo? ¿Tiene algún costo?
Todos los trámites de la Dirección General de Comercio deberán ser realizados por el Titular del emprendimiento o persona autorizada a través de un poder o nota certificada.
Sin embargo, la Dirección General de Comercio podrá iniciarlo de oficio en caso que lo considere necesario.
Aclaración: Quedará supeditado a otras Secretarías o Direcciones el cobro de timbrados u otras tasas por trámites de la órbita Municipal.