Si tenés un comercio y queres vender bebidas alcohólicas, tenés que estar inscripto en el ReBA (Registro de la Provincia de Buenos Aires).

Si bien el Registro es provincial, el trámite se realiza en el área de habilitaciones municipal.

La licencia tiene vigencia anual.

CATEGORíAS DE LICENCIAS:

  • A: Distribuidores.
  • B1: Venta / despacho de bebidas.
  • B2: Venta / despacho de bebidas en grandes superficies comerciales.
  • C1: Gastronómicos con permanencia de público.
  • C2: Gastronómicos con permanencia de público en los cuales hay mayor comercialización de bebidas alcohólicas (Ej: resto-bares, bares, cervecerías, etc).
  • D-C2: Licencia temporaria (de 1 a 4 días, según lo solicitado) para eventos “no bailables”.
  • D-C3: Licencia temporaria (de 1 a 4 días, según lo solicitado) para eventos “bailables”.

TIPOS DE SOLICITUDES QUE PODÉS HACER:

  • 1. Inscripción (si no estás registrado todavía).
  • 2. Renovación (una vez por año).
  • 3. RAN Eventual (si vas a vender alcohol en un evento).

INSCRIPCIÓN

Requisitos:

  • Copia del DNI del titular (frente y dorso).
  • Copia de la habilitación comercial vigente.
  • Constancia de inscripción en Ingresos Brutos o Constancia de Inscripción en ARCA (monotributo) adherido al Régimen Simplificado sobre Ingresos Brutos.
  • Si sos una persona jurídica: contrato constitutivo o estatuto, y si hace falta, el acta más reciente con la designación de autoridades

RENOVACIÓN (Se puede tramitar 60 días antes del vencimiento)

Requisitos:

  • Copia del DNI del titular (frente y dorso).
  • Copia de la habilitación comercial vigente.
  • Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos (Formulario R-006W) o Constancia de Inscripción en ARCA (monotributo) adherido al Régimen Simplificado sobre Ingresos Brutos.
  • Licencia ReBA anterior.
  • Si sos una persona jurídica: contrato constitutivo o estatuto, y si hace falta, el acta más reciente con la designación de autoridades.

Tanto la inscripción como la renovación pueden hacerse de manera presencial o por mail a: rebalp@laplata.gob.ar.


RAN (Registro de Actividades Nocturnas)

Existen dos tipos de RAN:

1) RAN Eventual

Se tramita en la Dirección de Habilitaciones

Requisitos:

  • Autorización del Evento 72 hs antes del mismo.
  • Pago del canon correspondiente.

2) RAN Anual

Todos los locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de baile, clubes y demás locales donde se realicen actividades bailables y/o similares, deben inscribirse en el RAN.

El RAN anual, a diferencia del RAN Eventual y el resto de los trámites que habilitan la venta de bebidas alcohólicas, se gestiona directamente en el ReBA dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, enviando una copia de la habilitación comercial vigente a tramitesranreba@gmail.com, donde posteriormente se indicarán los pasos a seguir.



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