ESTABLECIMIENTOS

COMERCIALES
DE SERVICIO, CON O SIN MANIFESTACIONES
DE EQUIPAMIENTO
INDUSTRIALES

Todo establecimiento comercial deberá presentar los requisitos correspondientes a su actividad. Primero, se deberán cumplir con los requisitos generales aplicables a todas las actividades, y luego se detalla un listado con la documentación complementaria específica según el rubro.

Requisitos Generales

  • DNI titular y/o apoderado con poder correspondiente.
  • Estatuto o Contrato Social debidamente certificado y con su correspondiente folio de inscripción del Ministerio de Justicia cuando la titularidad comercial correspondiera a personas jurídicas.
  • Acreditar derecho al uso del inmueble (contrato de locación/comodato con firmas certificadas por escribano o por el Colegio de Martilleros, Escritura o Título de propiedad).
  • Libre deuda Deudores Alimentarios Morosos - DAM - (https://rdam.mjus.gba.gob.ar/).
  • Constancia de Inscripción en AFIP. *Excepto para trámites Online. (https://www.afip.gob.ar)
  • Formulario libre de deuda previsional 522/A (http://www.afip.gob.ar).
  • Certificado de domicilio de Ingresos Brutos- ARBA (https://www.arba.gov.ar).
  • Plano de obra civil aprobado, registrado o visado para comercio autenticado y actualizado por la Dirección de Obras Particulares, original y copia.
  • Foto de fachada (en caso de poseer cortina debe estar levantada).
  • En caso de poseer gas: formulario 3-5 Camuzzi o informe de gasista matriculado con firma certificada en ventanilla de la Dirección General de Comercio.
  • En caso de realizar actividades donde manipule alimentos deberá acreditar el uso de agua caliente. *foto de termotanque - factura de compra.
  • Libre deuda de las Tasas Tributarias (Seguridad e Higiene, Publicidad y Propaganda, en el caso que corresponda), a contra entrega del Certificado de Habilitación.
  • Libro de actas nuevo (tamaño oficio con 200 fs.), al momento de retirar el Certificado de Habilitación.
    (Si realiza una Modificatoria deberá presentar el Libro Anterior; en caso de extravío presentar denuncia y un nuevo libro con copia de plano para rubricar).
  • Informe Antisiniestral. Información detallada a continuación.
    Se debe presentar un informe, el cual debe detallar el cumplimiento de condiciones de seguridad, salubridad y habitabilidad.
    Existen dos opciones:
    • Informe técnico de bomberos y final de obra* - de corresponder- (Cuartel La Plata: 52 e/ 117 y 118; cuartel Los Hornos: calle 137 e/ 61 y 62, cuartel Villa Elisa: 49 6 y 11 y cuartel Melchor Romero: 519 e 168 bis y 169 bis)
      El informe de Asesoramiento no posee fecha de vencimiento, pero en caso de requerir informe de Final de Obra de Bomberos, el mismo cuenta con una vigencia de un año.
    • Certificado Profesional de Seguridad Antisiniestral emitido por profesionales del ámbito privado, (CERPROSA), según actividad comercial. Listado de profesionales
      Es suscripto por un profesional colegiado con incumbencia en la materia a solicitud y costo del interesado, bajo un criterio de responsabilidad profesional. La intervención de este profesional es refrendada por el Colegio respectivo, quien acredita la competencia, validez y matrícula del profesional interviniente.

ACLARACIONES:
1. Si existiese alguna alteración de condiciones esenciales por las cuales se otorgó la habilitación (superficie, rubro, titularidad, etc) se deberá iniciar el trámite correspondiente ante la Dirección de Habilitaciones de Comercio e Industria, realizando un nuevo CERPROSA o un informe de Bomberos.
2. En caso de renovaciones o modificaciones, deberá presentar mantenimiento del mismo, a excepción del Informe de asesoramiento.

*Las actividades que deben presentar obligatoriamente Informe Antisiniestral de Bomberos son:

  • Actividades que cumplimenten la Ordenanza Municipal N° 10.799
  • Industrias
  • Estaciones de Servicios
  • Servicios Médicos con Internación
  • Hoteles / Pensiones
  • Pirotecnia
  • CADI
  • Canteras
  • Corralones (Vta. de Materiales para la Construcción)

Rubros Especiales

Existen determinadas actividades que por las características particulares que se desprenden del desarrollo de su actividad, exigen además el cumplimiento de algunos requisitos especiales, como así también la intervención de otras áreas de la órbita Municipal.

Algunas de ellas son:

  • Farmacias - Droguerías
  • Veterinarias
  • Agencias de Seguridad
  • Agencias de Viajes
  • Productores de Seguros - Aseguradoras
  • Agencias de Lotería
  • Banco Privado - Agencia de Cambio
  • Despacho de Cerveza
  • Centro de Atención Médica - Gabinete de enfermería - Laboratorios
  • Gimnasio - Pilates - Yoga - Taichi - Artes Marciales - Danzas
  • Cancha de Fútbol - Paddle - Tenis - Squash - Voley - Basquet

Algunos de los más habituales son: AQUÍ

ESTABLECIMIENTOS CON PERMANENCIA DE PÚBLICO CON Y SIN MANIFESTACIONES ARTÍSTICAS

Las actividades comerciales relacionadas a espectáculos públicos, eventos, actividades recreativas y/o culturales y la nocturnidad son habilitadas bajo un régimen normativo específico - Ordenanza Municipal N° 10.799- Articulo 17 -, que establece categorías y requisitos diferenciados.

  • Categoría I: Discotecas, Confiterías Bailables
  • Categoría II: Salones de eventos y salones de eventos infantiles
  • Categoría III: Bares, cafés-Concert; Resto-Bares con manifestaciones artísticas
  • Categoría IV: Restaurantes, Pubs, Cafetería, Resto-bares sin manifestaciones, dicha categoría complementa con la documentación detallada anteriormente y la detallada a continuación
  • Categoría V: Pool o Billar

*Es importante destacar que las categorías I a III y V se analizan en la Dirección de Ordenamiento Territorial, quien otorga el Certificado de Factibilidad, y a su vez requieren intervención de la Secretaría de Ambiente a fin de obtener el Certificado de Aptitud Acústica, y que para la categoría IV, en tanto no supere los 300 m2, podrá iniciar con los requisitos correspondientes en la Dirección General de Comercio.

Una vez finalizado el procedimiento, la Dirección General de Comercio tomará intervención en el expediente solicitando la documentación descripta en requisitos generales, deberá complementar con documentos especificos de la actividad.
Para la categoría IV deberá presentar toda la documentación en la Dirección, y allí mismo se le dará inicio al expediente.

Requisitos para comercios de Categoría I a V:

  • Botiquín de primeros auxilios
  • Emergencias Médicas
  • Seguro de Responsabilidad Civil
  • Constancia de limpieza de tanques de agua
  • Constancia de desratización
  • Informe de nivel sonoro: Estudio de Impacto de nivel sonoro y Calibración del equipo de medición
  • Instalación de gas: Certificado F3-5 firmado por gasista matriculado o informe de instalación de artefactos firmado por gasista matriculado y presentación de matrícula vigente
  • Cartel indicador de capacidad: “La Plata Ciudad de Iguales”
  • Retiro de residuos especiales
  • Constancia de mantenimiento de tubos de CO2 ( empresa proveedora o prueba de tubo)
  • Informe técnico de seguridad antisiniestral realizado por el Cuerpo de Bomberos compuesto por Asesoramiento y Final de Obra con la vigencia correspondiente, indicando Factor de Ocupación y Plan de Evacuación.

Requisitos para comercios de Categoría I a V:

  • Cámara de seguridad
  • Control de concurrencia / Detector de metales
  • Personal de control de admisión y permanencia
  • Estudio de nivel sonoro exterior

AUTORIZACIÓN DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO

En lo pertinente al uso del espacio público para establecimientos que cumplimenten con la Ordenanza Municipal N° 10799, se podrá solicitar la autorización de mesas y sillas , por medio del cumplimiento de la Ordenanza Municipal N° 5795 - Croquis, se podrá iniciar el proceso en conjunto con su trámite de habilitación, o iniciar un nuevo expediente solicitando la autorización, donde requerirá la presentación de la documentación siguiente:

  • Constancia de afip (http://www.afip.gob.ar)
  • DNI y fotocopia del titular
  • Certificado de domicilio local (ARBA) (http://www.arba.gov.ar
  • Certificado vigente de habilitación y copia, siempre que cumplimenta con la Ordenanza Municipal N° 10.799
  • Croquis (según Ordenanza Municipal N° 5795): informar el largo y ancho de las mesas, ancho de la vereda, desde la línea municipal hasta la línea de cordón, distancia entre las mesas (mínimo de 1.40 metros), como así también la distancia entre mesas y sillas (mínimo de 0.70 cm)
  • Foto fachada

En caso de personería jurídica:

  • Poder
  • Fotocopia dni del apoderado
  • Contrato constitutivo / Estatuto

GUIA PARA SOLICITUD MESAS Y SILLAS

Toda documentación solicitada deberá ser presentará junto con su original para realizar la certificación en ventanilla

Hay actividades comerciales cuentan con sus propias Ordenanzas Municipales y Leyes regulatorias, encuentra más información AQUÍ

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